17 maio 2010
Para compreender o caso Garzón
Los internautas preguntan a Carlos Jiménez Villarejo (el ex fiscal Anticorrupción)
El País, 17.05.2010
Lo primero es lo primero. ¿Qué opina de la suspensión al juez Garzón por investigar el franquismo? ¿Qué mensaje lanza esto al resto de los jueces?
Estoy en radical y absoluto desacuerdo con la medida de suspensión del juez Garzón. Creo que carece de fundamento jurídico suficiente y es una forma de reprimir y criminalizar el ejercicio libre de la independencia judicial. Por tanto, el mensaje que esta suspensión representa es la creación de un cierto clima de amedrantamiento sobre jueces y magistrados, como lo prueba que previamente hay ya dos jueces de Barcelona que han sido expedientados por criticar el comportamiento discutible de otro juez, el del Palau de la Música.
¿Qué puede hacer el ciudadano común ante semejante barbaridad?
Yo creo que ante medidas como la suspensión acordada del juez Garzón, la ciudadanía tiene mucho que decir, primero la crítica más rotunda de dicha medida y luego la constante denuncia de las decisiones judiciales que están produciéndose en el proceso contra él, donde abundan irregularidades inimaginables en cualquier otro proceso contra otro ciudadano por cualquier delito. Por tanto, el ejercicio constante de la libertad de expresión a través de la crítica y la denuncia reiterada y constante.
¿Han sido los procedimientos de Garzón discutibles, en los casos que se le imputan? (en estos argumentos se apoya la derecha)
Creo sinceramente, desde mi experiencia como fiscal durante 43 años, que los procedimientos instruidos por el juez Garzón que han motivado las querellas interpuestas contra él han sido procedimientos plenamente ajustados a derecho y por tanto con sumisión a las leyes vigentes, que es lo que se exige a un juez. Pero, eso sí, la sumisión a la ley obliga a todo juez a contemplar además de la ley vigente en España, los Tratados Internacionales ratificados por España sobre los crímenes contra la humanidad, que son también parte del ordenamiento jurídico español. Esto es lo que ha hecho el juez Garzón en el procedimiento contra el franquismo y, en particular, por las 114.266 desapariciones forzadas producidas durante la guerra civil y la dictadura cuyo paradero aún se desconoce.
¿Cree usted que la suspensión a Garzón tiene que ver con el 'caso Gürtel'? ¿Por qué o por qué no?
Naturalmente que sí. Es tan evidente que la primera querella contra el juez Garzón, admitida por el Tribunal Supremo es del 26 de mayo de 2009, poco tiempo después de que él concluyera las investigaciones sobre el caso Gürtel y las remitiera a los Tribunales Superiores de Madrid y Valencia, que es donde se acumulaban la mayor parte de los hechos y de los implicados. El caso Gürtel, que afecta de lleno al Partido Popular, a sus cargos públicos y a sus militantes, planea detrás de todas las querellas contra el juez Baltasar Garzón, hasta el punto de que en la última de ellas, la interpuesta por el letrado de un imputado del proceso Gürtel, se han persona como acusadores los principales implicados de Gürtel, Correa y Crespo, lo que constituye algo realmente insólito en la justicia española. Es decir, que los imputados y perseguidos por un juez de instrucción, en este caso el juez Garzón, terminen siendo los acusadores de dicho juez con la complacencia, en este caso, del Tribunal Supremo. Es un verdadero escándalo.
¿Por qué al Juez Garzón se le autorizó a estudiar crímenes de guerra de otros países y no del nuestro? ¿es esto es democracia?
Esta es una de las grandes contradicciones del proceso incoado por las querellas de Manos Limpias y Falange Española. Pensar que el único juez que en España se ha atrevido a investigar una parte de los crímenes del franquismo, las desapariciones forzadas, esté perseguido como un delincuente, representa un escarnio para los principios que deben inspirar el funcionamiento de un sistema judicial democrático. En definitiva, la realidad es que la extrema derecha española, con la connivencia del Tribunal Supremo, está atacando sin piedad al juez Baltasar Garzón cuando este mismo juez pudo investigar y hasta ordenar la detención del dictador Augusto Pinochet con toda libertad y con el apoyo de toda la comunidad internacional. Este es el gran dilema que plantea la persecución del juez Garzón y que debería avergonzar profundamente al Tribunal Supremo y, desde luego, al juez Varela por haber permitido avanzar en un proceso que debía estar ya más que archivado.
En general, ¿hay apoyo a Garzón en el mundo judicial?
Creo que entre los jueces y magistrados y entre los propios fiscales no hay la respuesta amplia y contundente que tenía que haber ante el atropello judicial que está sufriendo el juez Garzón. La prueba es que salvo algunos comunicados de las asociaciones Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales y un comunicado firmado sólo por 66 jueces y fiscales, algunos ya jubilados, el mundo judicial mantiene un mutismo preocupante que expresa miedo y una actitud reverencial hacia sus superiores y por supuesto al Tribunal Supremo absolutamente incompatible con lo que debiera ser la actitud libre e independiente de un juez en un sistema democrático. Está creándose una cultura judicial autoritaria que, en algunos aspectos y con las debidas matizaciones, recuerda la posición de los jueces ante la dictadura.
Señor Jiménez, a partir de ahora, una vez tomadas las medidas cautelares y abierto el juicio oral, en caso de culpabilidad, ¿qué opciones legales tiene el Juez Garzón? ¿Amparo al Costitucional? ¿Puede acudir a tribunales internacionales como el de Estrasburgo? Gracias
Ante la apertura de juicio oral contra el juez Garzón la primera consideración es que es manifiestamente irregular, por eso es también irregular la medida de suspensión acordada por el Consejo del Poder Judicial. Es evidente que en este momento están pendientes de resolverse por el Tribunal Supremo dos recursos de apelación sobre dos temas fundamentales: por una parte la denegación total y absoluta que el juez Varela ha hecho de las diligencias de prueba pedidas por el juez Garzón; reitero que es difícil encontrar un proceso donde el imputado, el juez Garzón, esté sometido a decisiones tan duras que generan una profunda indefensión; en segundo lugar, también está pendiente de resolución otro recurso ante el Tribunal Supremo por la nulidad de actuaciones referida a la actuación del juez Varela cuando dictó y prácticamente sustituyó a Manos Limpias y Falange en la redacción de los escritos de acusación, hecho absolutamente insólito en la justicia española que pone de relieve el nivel de compromiso y hasta de alianza entre el juez instructor y unas acusaciones que primero, no tienen nada de populares y además representan intereses identificados con los propios de la dictadura.
Si España inclumple tratados internacionales con la Ley de Anmistia, como se ha dicho en algunos medios. ¿Cómo es que nadie lo ha denunciado hasta ahora?
La Ley de Amnistía de 1977, representó el pacto necesario entre el franquismo aperturista y la oposición democrática. Por tanto fue un pacto desigual en el que se alcanzaron importantes conquistas, la libertad inmediata de los presos políticos de la dictadura, y paralelamente las fuerzas democráticas tuvieron que ceder como en cualquier pacto político en las condiciones históricas de la transición. Pero hoy ya es opinión generalizada de los juristas españoles e internacionales que la Ley de Amnistía, que excluía la responsabilidad penal de las autoridades y funcionarios que habían atentado contra los derechos de las personas mediante "actos con intencionalidad política" no podía alcanzar a los Crímenes contra la Humanidad que se cometieron durante la guerra civil y, sobre todo, en los primeros años de la dictadura. Los crímenes que se tradujeron según la moción del grupo parlamentario socialista en el Congreso de Diputados durante 2003 en 150.000 fusilamientos ya en dictadura y 500.000 presos políticos. Estos datos, suficientemente contrastados, expresan la aplicación de un plan de exterminio generalizado y sistemático que no puede ser favorecido con ninguna ley posterior porque atentan al ser humano, a la condición humana, al género humano.
Se acaba de conocer que La Haya contesta al Poder Judicial e insiste en contratar a Garzón. ¿Qué le parece?
No conozco con certeza la actitud hacia el juez Garzón del Fiscal de la Corte Penal Internacional. Ciertamente, su incorporación a dicha corte sería una satisfacción personal muy importante para él. Pero lo cierto es que ello no empaña ni aligera para nada la brutalidad de la decisión acordada de apartarlo de sus funciones judiciales que no se corresponde ni con el derecho ni con los principios de justicia. Por tanto, si finalmente el juez Garzón se incorpora a la Corte Penal Internacional es una buena noticia, pero el sistema judicial democrático sigue bajo el golpe que ha representado y representa la persecución política de un juez por llevar a cabo una interpretación de la ley respecto de los crímenes del franquismo que se ajusta plenamente al derecho vigente en España y en la comunidad internacional.
Buenos dias,Con respecto a la actuación del juez de la Rua en el tema de los trajes de Camps y la trama Gurtel ¿podria prosperar una querella por prevaricación? ¿Deberia el Supremo solicitar una sanción al juez de la Rua,por prevaricar?
En cuanto a la actuación del Tribunal Superior de Justicia de Valencia en el caso Gürtel, considero, porque analizo los hechos con objetividad, que la decisión del Tribunal Supremo de devolver las actuaciones a dicho tribunal es positiva. Pero sobre la posición de los magistrados en relación al caso Gürtel, creo que si está acreditado que el juez de la Rua tiene una relación de proximidad o amistad con el presidente de la comunidad valenciana, lo razonable y exigible sería su abstención para no volver a dictar ninguna resolución en dicha causa. Pero ya que hablamos de abstención no puedo evitar citar el caso del ponente del Tribunal Supremo en la causa contra el juez Garzón por los crímenes del franquismo, el magistrado Adolfo Prego. Creo que el alineamiento público de este magistrado con posiciones de extrema derecha como lo ha sido la presentación pública de los libros de Pío Moa o su presencia en fundaciones ultranacionalistas, justifica plenamente que dicho magistrado se hubiera abstenido de intervenir en la causa contra el juez Garzón desde su inicio, porque puede entenderse muy razonablemente que está ideológicamente comprometido con las partes acusadoras.
¿No se podría llevar al CGPJ a un tribunal internacional por suspender a un juez de una actividad que es su trabajo, y por una percecución totalmente partidista y pactada de antemano? Tantos años de democracia, y ahora este varapalo.
Creo que ante la decisión adoptada por el Consejo del Poder Judicial, en términos estrictamente jurídicos, sólo cabrían recursos administrativos que podrían concluir en el Tribunal Constitucional, tribunal que en este momento no es precisamente una esperanza para nadie. Pero en cuanto al Tribunal Supremo para el caso, que espero que no se produzca, de que el juez Garzón fuera condenado por prevaricación, podría recurrirse también ante el Tribunal Constitucional y ante el Tribunal de Estrasburgo, tribunal que sería la última esperanza de que se restaure la justicia en estos procesos tan absolutamente viciados por la aparente parcialidad de algunos de sus magistrados y por decisiones absolutamente improcedentes que generan tanta indefensión al juez Garzón.
¿No le parece un poco insultante para el común de los millones de justiciables de este pais que padecen una Justicia lenta y -frecuentemente- de mala calidad la atención que se presta al caso Garzón, sea justo o injusto lo que a él le está ocurriendo? ¿No sería mas justa la alarma mediática por los cientos de miles de ciudadanos atrapados en la jurisdicción contenciosa, civil, etc?
Honradamente, creo que no es exagerada la reacción ciudadana ante los procesos contra un juez, como el juez Garzón, que se ha caracterizado por hacer frente a delitos de toda naturaleza y de la máxima gravedad. Convieen recordar que dicho juez desarticuló el narcotráfico en Galicia, ha combatido el terrorismo de ETA, ha combatido el terrorismo del GAL, ha combatido la delincuencia financiera -por ejemplo ordenó, algo que no creo que hayan hecho muchos jueces, el registro judicial con apoyo policial y desde luego del ministerio fiscal, de la sede central del BBVA buscando pruebas de las cuentas clandestinas abiertas por esta entidad en los paraísos fiscales-, ha perseguido la corrupción como lo representa el caso Pretoria en Cataluña, y así sucesivamente. Es, por tanto, explicable la alarma que ha generado su actual e injustificada persecución. Lo que no impide y en eso comparto su preocupación es que el estado de la justicia española actual sea deficiente por falta de recursos y, posiblemente más de lo que se dice, por falta de dedicación, y que esta situación exige soluciones urgentes que hasta ahora no han llegado, como es la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en el ámbito penal, y la dotación de mayores recursos a la jurisdicción civil, contencioso-administrativa, etcétera.
Buenos días, ¿cree usted que existen miembros del Poder Judicial a los que las investigaciones sobre el franquismo les podrían sacar los colores por su intervención en algunos sucesos? Gracias por su respuesta.
Buenos días, me alegro de que me haga usted la pregunta formulada. Hoy nadie puede pensar, por razones ideológicas, que dentro del sistema judicial permanezcan jueces o fiscales que prestaron servicio activo y eficaz durante la dictadura. Pero es una realidad y una evidencia que la magistratura española durante toda la dictadura, con algunas excepciones como la que representó Justicia Democrática, permaneció muda ante los crímenes franquistas como, por ejemplo, la tortura practicada de forma generalizada por la Brigada Social, cuando no prestaron su colaboración activa en la represión política como ocurrió durante el funcionamiento del Tribunal de Orden Público desde 1964 hasta 1976. Me pregunto si los jueces y fiscales actuales conocen esa realidad, saben que sus antecesores fueron fieles servidores de la dictadura y han hecho un análisis crítico de esa realidad que, ideológicamente, sigue sin ser asumida plenamente por el conjunto de jueces y fiscales. Es una carencia en la formación democrática de nuestros actuales jueces que debería resolverse pronto porque los treinta años pasados desde la instauración de la democracia son pocos para superar la actitud, cuando menos, pasiva de la magistratura durante los 40 años de dictadura. Por tanto, me atrevería a decir que subsisten de forma más o menos larvada, formas de pensar próximas al franquismo. De lo contrario, no se explica lo que está ocurriendo con el juez Garzón.
Visto lo visto, ¿es independiente la justicia?
Pues, hasta cierto punto. Así como los fiscales están sujetos a una estructura jerárquica que culmina en el Fiscal General del Estado y que, teóricamente, no debería depender en absoluto del gobierno de turno, los jueces son independientes, es decir, están sometidos solamente "al imperio de la ley" y, por tanto, no pueden recibir ningún tipo de órdenes, instrucciones o cualquier otra observación al amparo de aquella independencia. Pero la realidad no siempre se corresponde con este presupuesto constitucional. Los jueces son ciudadanos que tienen también su correspondiente ideología y que, en ocasiones, traducen excesivamente dicha ideología en sus resoluciones, hasta el punto de poner en cuestión la aplicación de la legalidad vigente o hacer una interpretación de la ley que no se ajusta a los parámetros de neutralidad e imparcialidad con que debe actuar un juez. Por ejemplo, basta examinar la actitud de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo ante lo que llamamos la delincuencia financiera, la que representan los poderes económicos; es una constatación, suficientemente estudiada, que la respuesta es muy mayoritariamente el archivo previo de las causas contra dichos poderes por razón de delitos cometidos en el abuso de los mismos o la absolución de los mismos creando doctrinas que favorecen, en nombre de la economía de mercado, la impunidad de determinadas conductas delictivas muy graves, como por ejemplo las retribuciones multimillonarias, en euros, de directivos bancarios. Es un ejemplo, pero habría muchos más en otro ámbito de cosas que afectan a las libertades personales o a los derechos conquistados recientemente como la legalización de los matrimonios entre personas del mismo sexo o el aborto. Por tanto, cuando hablamos de inedependencia, hay que establecer ciertas cautelas.
El País, 17.05.2010
Lo primero es lo primero. ¿Qué opina de la suspensión al juez Garzón por investigar el franquismo? ¿Qué mensaje lanza esto al resto de los jueces?
Estoy en radical y absoluto desacuerdo con la medida de suspensión del juez Garzón. Creo que carece de fundamento jurídico suficiente y es una forma de reprimir y criminalizar el ejercicio libre de la independencia judicial. Por tanto, el mensaje que esta suspensión representa es la creación de un cierto clima de amedrantamiento sobre jueces y magistrados, como lo prueba que previamente hay ya dos jueces de Barcelona que han sido expedientados por criticar el comportamiento discutible de otro juez, el del Palau de la Música.
¿Qué puede hacer el ciudadano común ante semejante barbaridad?
Yo creo que ante medidas como la suspensión acordada del juez Garzón, la ciudadanía tiene mucho que decir, primero la crítica más rotunda de dicha medida y luego la constante denuncia de las decisiones judiciales que están produciéndose en el proceso contra él, donde abundan irregularidades inimaginables en cualquier otro proceso contra otro ciudadano por cualquier delito. Por tanto, el ejercicio constante de la libertad de expresión a través de la crítica y la denuncia reiterada y constante.
¿Han sido los procedimientos de Garzón discutibles, en los casos que se le imputan? (en estos argumentos se apoya la derecha)
Creo sinceramente, desde mi experiencia como fiscal durante 43 años, que los procedimientos instruidos por el juez Garzón que han motivado las querellas interpuestas contra él han sido procedimientos plenamente ajustados a derecho y por tanto con sumisión a las leyes vigentes, que es lo que se exige a un juez. Pero, eso sí, la sumisión a la ley obliga a todo juez a contemplar además de la ley vigente en España, los Tratados Internacionales ratificados por España sobre los crímenes contra la humanidad, que son también parte del ordenamiento jurídico español. Esto es lo que ha hecho el juez Garzón en el procedimiento contra el franquismo y, en particular, por las 114.266 desapariciones forzadas producidas durante la guerra civil y la dictadura cuyo paradero aún se desconoce.
¿Cree usted que la suspensión a Garzón tiene que ver con el 'caso Gürtel'? ¿Por qué o por qué no?
Naturalmente que sí. Es tan evidente que la primera querella contra el juez Garzón, admitida por el Tribunal Supremo es del 26 de mayo de 2009, poco tiempo después de que él concluyera las investigaciones sobre el caso Gürtel y las remitiera a los Tribunales Superiores de Madrid y Valencia, que es donde se acumulaban la mayor parte de los hechos y de los implicados. El caso Gürtel, que afecta de lleno al Partido Popular, a sus cargos públicos y a sus militantes, planea detrás de todas las querellas contra el juez Baltasar Garzón, hasta el punto de que en la última de ellas, la interpuesta por el letrado de un imputado del proceso Gürtel, se han persona como acusadores los principales implicados de Gürtel, Correa y Crespo, lo que constituye algo realmente insólito en la justicia española. Es decir, que los imputados y perseguidos por un juez de instrucción, en este caso el juez Garzón, terminen siendo los acusadores de dicho juez con la complacencia, en este caso, del Tribunal Supremo. Es un verdadero escándalo.
¿Por qué al Juez Garzón se le autorizó a estudiar crímenes de guerra de otros países y no del nuestro? ¿es esto es democracia?
Esta es una de las grandes contradicciones del proceso incoado por las querellas de Manos Limpias y Falange Española. Pensar que el único juez que en España se ha atrevido a investigar una parte de los crímenes del franquismo, las desapariciones forzadas, esté perseguido como un delincuente, representa un escarnio para los principios que deben inspirar el funcionamiento de un sistema judicial democrático. En definitiva, la realidad es que la extrema derecha española, con la connivencia del Tribunal Supremo, está atacando sin piedad al juez Baltasar Garzón cuando este mismo juez pudo investigar y hasta ordenar la detención del dictador Augusto Pinochet con toda libertad y con el apoyo de toda la comunidad internacional. Este es el gran dilema que plantea la persecución del juez Garzón y que debería avergonzar profundamente al Tribunal Supremo y, desde luego, al juez Varela por haber permitido avanzar en un proceso que debía estar ya más que archivado.
En general, ¿hay apoyo a Garzón en el mundo judicial?
Creo que entre los jueces y magistrados y entre los propios fiscales no hay la respuesta amplia y contundente que tenía que haber ante el atropello judicial que está sufriendo el juez Garzón. La prueba es que salvo algunos comunicados de las asociaciones Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales y un comunicado firmado sólo por 66 jueces y fiscales, algunos ya jubilados, el mundo judicial mantiene un mutismo preocupante que expresa miedo y una actitud reverencial hacia sus superiores y por supuesto al Tribunal Supremo absolutamente incompatible con lo que debiera ser la actitud libre e independiente de un juez en un sistema democrático. Está creándose una cultura judicial autoritaria que, en algunos aspectos y con las debidas matizaciones, recuerda la posición de los jueces ante la dictadura.
Señor Jiménez, a partir de ahora, una vez tomadas las medidas cautelares y abierto el juicio oral, en caso de culpabilidad, ¿qué opciones legales tiene el Juez Garzón? ¿Amparo al Costitucional? ¿Puede acudir a tribunales internacionales como el de Estrasburgo? Gracias
Ante la apertura de juicio oral contra el juez Garzón la primera consideración es que es manifiestamente irregular, por eso es también irregular la medida de suspensión acordada por el Consejo del Poder Judicial. Es evidente que en este momento están pendientes de resolverse por el Tribunal Supremo dos recursos de apelación sobre dos temas fundamentales: por una parte la denegación total y absoluta que el juez Varela ha hecho de las diligencias de prueba pedidas por el juez Garzón; reitero que es difícil encontrar un proceso donde el imputado, el juez Garzón, esté sometido a decisiones tan duras que generan una profunda indefensión; en segundo lugar, también está pendiente de resolución otro recurso ante el Tribunal Supremo por la nulidad de actuaciones referida a la actuación del juez Varela cuando dictó y prácticamente sustituyó a Manos Limpias y Falange en la redacción de los escritos de acusación, hecho absolutamente insólito en la justicia española que pone de relieve el nivel de compromiso y hasta de alianza entre el juez instructor y unas acusaciones que primero, no tienen nada de populares y además representan intereses identificados con los propios de la dictadura.
Si España inclumple tratados internacionales con la Ley de Anmistia, como se ha dicho en algunos medios. ¿Cómo es que nadie lo ha denunciado hasta ahora?
La Ley de Amnistía de 1977, representó el pacto necesario entre el franquismo aperturista y la oposición democrática. Por tanto fue un pacto desigual en el que se alcanzaron importantes conquistas, la libertad inmediata de los presos políticos de la dictadura, y paralelamente las fuerzas democráticas tuvieron que ceder como en cualquier pacto político en las condiciones históricas de la transición. Pero hoy ya es opinión generalizada de los juristas españoles e internacionales que la Ley de Amnistía, que excluía la responsabilidad penal de las autoridades y funcionarios que habían atentado contra los derechos de las personas mediante "actos con intencionalidad política" no podía alcanzar a los Crímenes contra la Humanidad que se cometieron durante la guerra civil y, sobre todo, en los primeros años de la dictadura. Los crímenes que se tradujeron según la moción del grupo parlamentario socialista en el Congreso de Diputados durante 2003 en 150.000 fusilamientos ya en dictadura y 500.000 presos políticos. Estos datos, suficientemente contrastados, expresan la aplicación de un plan de exterminio generalizado y sistemático que no puede ser favorecido con ninguna ley posterior porque atentan al ser humano, a la condición humana, al género humano.
Se acaba de conocer que La Haya contesta al Poder Judicial e insiste en contratar a Garzón. ¿Qué le parece?
No conozco con certeza la actitud hacia el juez Garzón del Fiscal de la Corte Penal Internacional. Ciertamente, su incorporación a dicha corte sería una satisfacción personal muy importante para él. Pero lo cierto es que ello no empaña ni aligera para nada la brutalidad de la decisión acordada de apartarlo de sus funciones judiciales que no se corresponde ni con el derecho ni con los principios de justicia. Por tanto, si finalmente el juez Garzón se incorpora a la Corte Penal Internacional es una buena noticia, pero el sistema judicial democrático sigue bajo el golpe que ha representado y representa la persecución política de un juez por llevar a cabo una interpretación de la ley respecto de los crímenes del franquismo que se ajusta plenamente al derecho vigente en España y en la comunidad internacional.
Buenos dias,Con respecto a la actuación del juez de la Rua en el tema de los trajes de Camps y la trama Gurtel ¿podria prosperar una querella por prevaricación? ¿Deberia el Supremo solicitar una sanción al juez de la Rua,por prevaricar?
En cuanto a la actuación del Tribunal Superior de Justicia de Valencia en el caso Gürtel, considero, porque analizo los hechos con objetividad, que la decisión del Tribunal Supremo de devolver las actuaciones a dicho tribunal es positiva. Pero sobre la posición de los magistrados en relación al caso Gürtel, creo que si está acreditado que el juez de la Rua tiene una relación de proximidad o amistad con el presidente de la comunidad valenciana, lo razonable y exigible sería su abstención para no volver a dictar ninguna resolución en dicha causa. Pero ya que hablamos de abstención no puedo evitar citar el caso del ponente del Tribunal Supremo en la causa contra el juez Garzón por los crímenes del franquismo, el magistrado Adolfo Prego. Creo que el alineamiento público de este magistrado con posiciones de extrema derecha como lo ha sido la presentación pública de los libros de Pío Moa o su presencia en fundaciones ultranacionalistas, justifica plenamente que dicho magistrado se hubiera abstenido de intervenir en la causa contra el juez Garzón desde su inicio, porque puede entenderse muy razonablemente que está ideológicamente comprometido con las partes acusadoras.
¿No se podría llevar al CGPJ a un tribunal internacional por suspender a un juez de una actividad que es su trabajo, y por una percecución totalmente partidista y pactada de antemano? Tantos años de democracia, y ahora este varapalo.
Creo que ante la decisión adoptada por el Consejo del Poder Judicial, en términos estrictamente jurídicos, sólo cabrían recursos administrativos que podrían concluir en el Tribunal Constitucional, tribunal que en este momento no es precisamente una esperanza para nadie. Pero en cuanto al Tribunal Supremo para el caso, que espero que no se produzca, de que el juez Garzón fuera condenado por prevaricación, podría recurrirse también ante el Tribunal Constitucional y ante el Tribunal de Estrasburgo, tribunal que sería la última esperanza de que se restaure la justicia en estos procesos tan absolutamente viciados por la aparente parcialidad de algunos de sus magistrados y por decisiones absolutamente improcedentes que generan tanta indefensión al juez Garzón.
¿No le parece un poco insultante para el común de los millones de justiciables de este pais que padecen una Justicia lenta y -frecuentemente- de mala calidad la atención que se presta al caso Garzón, sea justo o injusto lo que a él le está ocurriendo? ¿No sería mas justa la alarma mediática por los cientos de miles de ciudadanos atrapados en la jurisdicción contenciosa, civil, etc?
Honradamente, creo que no es exagerada la reacción ciudadana ante los procesos contra un juez, como el juez Garzón, que se ha caracterizado por hacer frente a delitos de toda naturaleza y de la máxima gravedad. Convieen recordar que dicho juez desarticuló el narcotráfico en Galicia, ha combatido el terrorismo de ETA, ha combatido el terrorismo del GAL, ha combatido la delincuencia financiera -por ejemplo ordenó, algo que no creo que hayan hecho muchos jueces, el registro judicial con apoyo policial y desde luego del ministerio fiscal, de la sede central del BBVA buscando pruebas de las cuentas clandestinas abiertas por esta entidad en los paraísos fiscales-, ha perseguido la corrupción como lo representa el caso Pretoria en Cataluña, y así sucesivamente. Es, por tanto, explicable la alarma que ha generado su actual e injustificada persecución. Lo que no impide y en eso comparto su preocupación es que el estado de la justicia española actual sea deficiente por falta de recursos y, posiblemente más de lo que se dice, por falta de dedicación, y que esta situación exige soluciones urgentes que hasta ahora no han llegado, como es la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en el ámbito penal, y la dotación de mayores recursos a la jurisdicción civil, contencioso-administrativa, etcétera.
Buenos días, ¿cree usted que existen miembros del Poder Judicial a los que las investigaciones sobre el franquismo les podrían sacar los colores por su intervención en algunos sucesos? Gracias por su respuesta.
Buenos días, me alegro de que me haga usted la pregunta formulada. Hoy nadie puede pensar, por razones ideológicas, que dentro del sistema judicial permanezcan jueces o fiscales que prestaron servicio activo y eficaz durante la dictadura. Pero es una realidad y una evidencia que la magistratura española durante toda la dictadura, con algunas excepciones como la que representó Justicia Democrática, permaneció muda ante los crímenes franquistas como, por ejemplo, la tortura practicada de forma generalizada por la Brigada Social, cuando no prestaron su colaboración activa en la represión política como ocurrió durante el funcionamiento del Tribunal de Orden Público desde 1964 hasta 1976. Me pregunto si los jueces y fiscales actuales conocen esa realidad, saben que sus antecesores fueron fieles servidores de la dictadura y han hecho un análisis crítico de esa realidad que, ideológicamente, sigue sin ser asumida plenamente por el conjunto de jueces y fiscales. Es una carencia en la formación democrática de nuestros actuales jueces que debería resolverse pronto porque los treinta años pasados desde la instauración de la democracia son pocos para superar la actitud, cuando menos, pasiva de la magistratura durante los 40 años de dictadura. Por tanto, me atrevería a decir que subsisten de forma más o menos larvada, formas de pensar próximas al franquismo. De lo contrario, no se explica lo que está ocurriendo con el juez Garzón.
Visto lo visto, ¿es independiente la justicia?
Pues, hasta cierto punto. Así como los fiscales están sujetos a una estructura jerárquica que culmina en el Fiscal General del Estado y que, teóricamente, no debería depender en absoluto del gobierno de turno, los jueces son independientes, es decir, están sometidos solamente "al imperio de la ley" y, por tanto, no pueden recibir ningún tipo de órdenes, instrucciones o cualquier otra observación al amparo de aquella independencia. Pero la realidad no siempre se corresponde con este presupuesto constitucional. Los jueces son ciudadanos que tienen también su correspondiente ideología y que, en ocasiones, traducen excesivamente dicha ideología en sus resoluciones, hasta el punto de poner en cuestión la aplicación de la legalidad vigente o hacer una interpretación de la ley que no se ajusta a los parámetros de neutralidad e imparcialidad con que debe actuar un juez. Por ejemplo, basta examinar la actitud de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo ante lo que llamamos la delincuencia financiera, la que representan los poderes económicos; es una constatación, suficientemente estudiada, que la respuesta es muy mayoritariamente el archivo previo de las causas contra dichos poderes por razón de delitos cometidos en el abuso de los mismos o la absolución de los mismos creando doctrinas que favorecen, en nombre de la economía de mercado, la impunidad de determinadas conductas delictivas muy graves, como por ejemplo las retribuciones multimillonarias, en euros, de directivos bancarios. Es un ejemplo, pero habría muchos más en otro ámbito de cosas que afectan a las libertades personales o a los derechos conquistados recientemente como la legalización de los matrimonios entre personas del mismo sexo o el aborto. Por tanto, cuando hablamos de inedependencia, hay que establecer ciertas cautelas.